12/06/2020
La normativa que en esta emergencia regula los desplazamientos dentro del país por causa de fuerza mayor es muy clara y dice específicamente:
Para el traslado de ciudadanos argentinos o extranjeros residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA que se
peticione por razones humanitarias; se aplicará el siguiente procedimiento:
b.1.- La solicitud deberá ser dirigida a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR por la autoridad
pública (intendente o gobernador) del punto de origen del traslado, indicando fecha y hora del traslado, cantidad de
personas a transportar –adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos–, origen,
destino y paradas del servicio. Esta nota deberá acreditar que quienes serán trasladados son argentinos o extranjeros
residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA y los motivos del traslado solicitado. A su vez, deberá dejarse expresa
constancia de que los pasajeros han sido evaluados respecto de su estado de salud, en lo que refiere al COVID-19
CORONAVIRUS.
b.2.-Deberá acompañarse nota de la autoridad pública de destino (intendente o gobernador) prestando conformidad
al traslado.
b.3.- En todos los casos, deberá contratarse a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte
automotor en jurisdicción nacional.
b.4.- La transportista contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet [email protected] con una
síntesis del pedido de traslado, a la que se adicionará el DUT vigente, las notas referidas en los puntos b.1 y b.2, y
un teléfono celular de contacto.
b.5.- Recibida la documentación referida en los puntos b.1 a b.4, se analizará la misma y, de corresponder, se
emitirá la correspondiente nota de autorización, cuya copia deberá portarse durante todo el traslado.
María Isabel Rotundo es de San Pedro (Buenos Aires) y viajó el viernes pasado a Casilda para visitar a su hija, que estudia Ciencias Veterinarias.